lunes, 3 de junio de 2013

Nuevo criterio de caja para la liquidación de IVA.

Hace tiempo que se le esperaba y por fin ha llegado.

El pasado viernes, día 24 de mayo, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de ley mediante el cual autónomos y pymes podrán adherirse desde enero de 2014 a la modalidad de liquidación de IVA mediante el llamado criterio de caja.

Este criterio permitirá que únicamente se liquide el IVA repercutido de las facturas cobradas en lugar del de todas las emitidas como exige la legislación actual. Aunque, “quid pro quo”, el mismo criterio se aplicará al IVA soportado. Es decir, sólo se contabilizará en la liquidación el correspondiente a las facturas recibidas pagadas.

La adhesión a esta modalidad será voluntaria y sólo tendrán opción las empresas en régimen general de IVA cuya cifra de negocio no exceda de 2 millones de euros.

Habrá que esperar a la aprobación de la ley y de su reglamento para conocer los pormenores de este sistema para valorar su bondad. Uno se pregunta, entre otras cosas, si el desarrollo de esta medida no se traducirá en un incremento de obligaciones de documentación que haga su aplicación costosa y poco práctica.

Veremos.

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